Este documento se expide sin plazo de validez predeterminado, aunque su vigencia queda supeditada a que su titular siga realizando los cursos de formación continua. En concreto, afecta a aquellas personas que tengan los permisos de conducción D1, D1+E, D o D+E (transporte de viajeros); o el C1, C1+E, C o C+E (transporte de mercancías).
Redacción 23-7-2009, 13:16
La delegada de Obras Públicas y Transportes, Mar Giménez, ha entregado los cinco primeros certificados de aptitud profesional a conductores de vehículos dedicados al transporte de viajeros con capacidad de más de nueve plazas. La entrega de las acreditaciones responde a la aplicación de la directiva comunitaria que exige para este tipo de profesionales tanto la posesión de los permisos que expiden las Jefaturas Provinciales de Tráfico, como de un certificado de aptitud profesional.
Giménez ha explicado que este documento es obligatorio para los conductores de vehículos de transporte de viajeros con más de nueve plazas, incluido el conductor, como en este caso, y de mercancías con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos. El certificado acredita que el conductor que lo obtiene ha superado los cursos y los exámenes exigidos para la obtención de la cualificación inicial.
Este documento se expide sin plazo de validez predeterminado, aunque su vigencia queda supeditada a que su titular siga realizando los cursos de formación continua. En concreto, afecta a aquellas personas que tengan los permisos de conducción D1, D1+E, D o D+E (transporte de viajeros); o el C1, C1+E, C o C+E (transporte de mercancías).
Según recoge la directiva europea, este requisito ha de ser exigible a los conductores de vehículos de transporte de viajeros que han obtenido el carnet de conducir a partir del 10 de septiembre de 2008 y para aquellos conductores de vehículos de transporte de mercancías que lo consigan a partir del 10 de septiembre de 2009.
Las cinco personas que han recibido de manos de la delegada de Obras Públicas y Transportes el certificado de aptitud profesional realizaron la prueba el pasado 27 de junio, a la que se presentaron tras superar los cursos impartidos en el Centro de Formación Florida de Córdoba capital.
El certificado de la cualificación inicial de los conductores puede obtenerse por dos modalidades. Por un lado, a través de la denominada como cualificación inicial ordinaria, que consiste en la asistencia a un curso de 280 horas de duración, y, por otro, la acelerada, mediante la asistencia a un curso de 140 horas, debiendo superar los exámenes que realiza el Gobierno de la Junta de Andalucía.
FORMACIÓN CONTINUA
Por otra parte, los conductores de transporte de viajeros exentos de la cualificación inicial han de superar los cursos de formación continua entre el 10 de septiembre de 2011 al 10 de septiembre de 2015, mientras que los dedicados al transporte de mercancías deberán contar con la formación entre el 10 de septiembre de 2012 y el 10 de septiembre de 2016.
Los cursos de formación inicial y continua únicamente pueden impartirse en centros autorizados por las administraciones públicas competentes para la concesión de autorizaciones de transporte público.
En la provincia de Córdoba, hasta el momento, se han autorizado 15 centros en Córdoba capital (5); Lucena; Puente Genil, Cabra, Priego de Córdoba, Montilla, Peñarroya-Pueblonuevo y Pozoblanco. Además, hay otros tres en tramitación en Córdoba capital.
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