Por NoticiasdeAutobus,
Madrid. El Consejo de Ministros ha acordado hoy, a propuesta de los ministerios de Fomento, Interior, Trabajo e Inmigración e Industria, Turismo y Comercio, aprobar el Real Decreto que modifica la actual excepción en materia de tiempos de conducción y descanso, y uso del tacógrafo en el transporte por carretera en lo relativo a las vías insulares, recogida en el RD 640/2007.
Con esta modificación el Gobierno pretende incrementar la seguridad vial en las carreteras de aquellas islas cuya superficie sea mayor a 250 km2 e inferior a 1.500 km2, al extender en ellas la obligación de instalación y uso del tacógrafo en el transporte por carretera que ya rige para las islas de superficie superior 1.500 km2: Mallorca, Gran Canaria, Tenerife y Fuerteventura.
A partir de 2010 estarán asimismo obligados por estas normas sobre control de los tiempos de conducción y descanso los transportes realizados en Menorca, Ibiza, El Hierro, La Gomera, La Palma y Lanzarote.
La nueva normativa implica un incremento de la seguridad de estos transportes, ya que el tacógrafo no sólo afecta al control de los tiempos de conducción y descanso de los conductores, sino también al de la velocidad de los vehículos.
Fuente: Ministerio de Fomento
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