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martes, 27 de diciembre de 2016

Canarias aprueba un nuevo plan de inspección del transporte por carretera

Las acciones incluidas en este acuerdo de Gobierno han sido consensuadas con los siete cabildos insulares, que son las administraciones encargadas de controlar la actividad de este sector


El Consejo de Gobierno ha aprobado el Plan de Inspección del Transporte por Carretera en Canarias para 2017, que entrará en vigor a partir del 1 de enero.

Las acciones incluidas en este acuerdo de Gobierno han sido consensuadas con los siete cabildos insulares, que son las administraciones encargadas de controlar la actividad de este sector, en el que se integran en Canarias más de 10.000 empresas y autónomos que trabajan en el transporte público y privado de pasajeros y en el transporte terrestre de mercancías.

En Canarias se pretende, desde que se implantó por primera vez este plan, la lucha coordinada contra la economía sumergida y la competencia desleal en el transporte de mercancías y pasajeros, que se consigue mediante el control de los tiempos de conducción y descanso, la vigilancia permanente sobre los transportes escolares y de menores y la verificación del peso máximo de los bienes transportados, ha destacado la portavoz del Gobierno, Rosa Dávila.

Además, se controla que los limitadores de velocidad estén activados, la cualificación de los conductores, el peso de la carga, las condiciones de traslado de mercancías peligrosas o el transporte irregular de pasajeros en turismos (taxis).

En el Plan de Inspección del Transporte por Carretera se especifica que la finalidad de la actuación inspectora es "mejorar el grado de cumplimento de la normativa en vigor, hasta límites razonables, en que el fraude existente no afecte de manera significativa a la ordenación del transporte por carretera, de ahí la necesidad de reforzar las medidas de control para luchar contra la economía sumergida y contra la competencia desleal".

El correcto control del transporte por carretera es un elemento indispensable para fomentar el cumplimiento de las normas y debe estar dirigido, no solo a las empresas del sector, sino a todos aquellos otros usuarios directamente relacionados con la actividad, siendo su actuación determinante en el desarrollo de los servicios de transporte por carretera.

En 2017 los servicios de inspección de los cabildos insulares centrarán su actuación, con carácter general, en la investigación en la sede de las empresas, ya sean estas transportistas, usuarios de transporte u operadores, quedando el control en carretera encomendado, con carácter general, a las distintas fuerzas y cuerpos de seguridad encargadas de la vigilancia del transporte en carretera.

Las actuaciones de investigación e información, que llevan a cabo los servicios de inspección de las corporaciones insulares para localizar bolsas de fraude están, además, coordinados con otros canales de colaboración como la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social.

Los cabildos son los encargados, desde 1994, de la detección de las infracciones y de imponer las sanciones que correspondan, así como de la atenta y rápida actuación ante conductas que puedan distorsionar el mercado, mejorando la confianza en el sistema de transporte por carretera por parte de todos los operadores que en él intervienen.

Con el fin de alcanzar la mayor eficacia posible en la actuación inspectora, los servicios de cada cabildo insular prestarán, en 2017, especial atención a las operaciones de transporte de viajeros, sobre todo turístico y, desde luego, al subsector de mercancías por carretera, que tienen su origen o destino en grandes centros generadores o destinatarios de cargas, como los centros comerciales y los puertos, donde se concentran los mayores volúmenes de carga y descarga de mercancías.

Según el Gobierno, la experiencia indica que es en dichos centros donde convergen todos los eslabones de la cadena de transporte, lo que puede permitir conocer la actuación de cada uno de los intervinientes, ya sean empresas usuarias de transporte, operadores en sus distintas modalidades o transportistas y, por ello, es en estos puntos donde se podrá comprobar si la actuación de cada uno de ellos es acorde a las reglas de transparencia y competencia con que deben operar en el mercado.

Una vez aprobado el plan por el Gobierno de Canarias, se notificara la normativa aplicable en 2017 a los cabildos insulares, a la Policía Canaria y a las comandancias de la agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.

El documento también se publicará en el Portal de Transparencia del Gobierno de Canarias y en el «Boletón Oficial de Canarias.

Este plan de actuaciones se desarrollará durante todo el ejercicio 2017 y se centrará en las siguientes acciones:

- Control sobre la realización de servicios de transporte público al amparo de la correspondiente autorización.

- Control de la realización de transporte público de mercancías al amparo de autorizaciones de transporte privado.

- Control de tiempos de conducción y descanso.

- Control de las manipulaciones del tacógrafo y del limitador de velocidad.

- Cualificación inicial y formación continua de conductores.

- Control sobre empresas de transporte que no han efectuado el visado de sus autorizaciones.

- Control de excesos de peso.

- Control sobre el transporte de mercancías peligrosas, incluyendo el cumplimiento relativo al consejero de seguridad.

- Control del transporte público irregular.

- Control del transporte de viajeros en vehículos de capacidad igual o inferior a 9 plazas, incluido el conductor.

- Control de transporte de escolares y de menores.

- Control del cumplimiento de las condiciones esenciales de las concesiones en los servicios regulares de viajeros.

- Control del cumplimiento de la obligación de la contratación de la capacidad total de los vehículos que realizan transporte discrecional de viajeros.

- Control de conductores de terceros países.

- Difusión de la normativa de transporte por carretera.

eldiario.es

martes, 3 de mayo de 2016

Inspeccionan 690 empresas y 34.823 vehículos de transporte en Cataluña.

El Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Cataluña ha publicado los resultados del Plan de Inspección de Transporte por Carretera de 2015, que controla el cumplimiento de la normativa en materia de transporte. Esta vigilancia lucha contra el intrusismo en la realización de actividades de transporte, vela por la mejora de la seguridad en las carreteras y también por la ordenación del mercado del transporte gracias a la erradicación de comportamientos fraudulentos.
 
Durante el año pasado se han inspeccionado 690 empresas y 34.823 vehículos de transporte, de los que 30.382 son de transportes de mercancías y 4.441 de transporte de viajeros. Del total de las inspecciones, 3.395 se han realizado en vehículos de transporte internacional. En este sentido, durante el 2015 la Dirección General de Transportes y Movilidad ha incoado un total de 15.293 expedientes sancionadores.

50% de las denuncias por los tiempos de descanso

El control del tiempo de conducción y descanso y de tacógrafo encabezan las infracciones cometidas en este período y suman cerca del 50% de denuncias interpuestas. Este dato se relaciona de forma directa con la reducción del tiempo del transporte y la reducción de costes, lo que implica el incremento de la competencia desleal en materia de transporte.

El exceso de peso en los vehículos de transporte de mercancías ha acumulado un total de 1.552 denuncias. El Plan de Inspección de 2015 incorporó un nuevo control de peso en los puertos de Barcelona y Tarragona, además de las inspecciones rutinarias en diferentes puntos del territorio, un hecho que ha incrementado la cifra de vehículos pesados denunciados respecto al 2014. En total han incoado 2.684 expedientes.

Transporte sin autorización

Por otra parte, las sanciones relacionadas con la falta de autorización para transportar mercancías elevan hasta los 1.790 los expedientes. En esta cifra se incluye las de las empresas que no renovaron la tarjeta de transporte por el incumplimiento de alguno de los requisitos. Desde la Dirección General de Transportes y Movilidad se han inspeccionado 127 empresas que no visaron, es decir que no renovaron la tarjeta, durante el 2015, y en total se han detectado 75 infracciones, de las cuales 25 están relacionadas con la falta de autorización y 47 con la obstrucción a la inspección de los vehículos.

El año pasado se inspeccionaron un total de 1.308 vehículos de transporte escolar y se incoaron 17 expedientes sancionadores en materia de transportes. La reducción respecto al 2014 es de cerca del 40%. 



lunes, 4 de mayo de 2015

León bate récords de denuncias a transportistas


La provincia suma 4.687 denuncias mientras la Consejería de Fomento impulsa un plan que persigue sanear malas prácticas y acabar con la competencia desleal.
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente reforzó el control sobre las jornadas de trabajo en las empresas dedicadas al transporte de viajeros y mercancías al detectar que seis de cada diez profesionales inspeccionados no respeta los tiempos de conducción y descanso fijados por la normativa. Para ello, desplegó durante 2014 un plan con 110.000 actuaciones, tanto en carretera como a empresas, que se saldó con 23.420 denuncias, dentro de su política "reeducadora" y de "saneamiento" de malas prácticas.
Asimismo, Fomento, en colaboración con la Guardia Civil, hizo una revisión a 575 empresas del sector para garantizar el cumplimiento de las normas de competencia y seguridad vial e inspeccionó a 1.929 vehículos. La Consejería sometió a 479 a una revisión de los tiempos de conducción y descanso y examinó 57.973 jornadas de trabajo, que dieron lugar a 162 denuncias. En 2013, había realizado 44.087, es decir, practicó un 23,9 por ciento más.
Los servicios de inspección también pasaron revisión a 1.810 vehículos y 2.141 conductores, analizaron 2.751 documentos y visitaron a 64 empresas cargadoras. Además, el personal de Fomento requirió 119 autorizaciones para el transporte público de mercancías, con cuatro denuncias. Además, con apoyo del instituto armado, controló en carretera otros 50.319 vehículos e interpuso 23.254 sanciones. En total, casi el 45 por ciento de los vehículos que tuvieron que pasar un control de la Junta y la Guardia Civil terminó sancionado.
En general, las denuncias por tiempos de conducción y descanso representaron el 65,02 por ciento, puesto que ascendieron a 15.230. También la carencia o manipulación del tacógrafo motivó el 13,09 por ciento de las multas, que ascendieron a 3.068. Además, la falta de autorización para el transporte hizo que los servicios de inspección de fomento y el instituto armado denunciaran a 2.422 profesionales, si bien esta infracción sólo representó el 10,34 por ciento. También, otro diez por ciento de los transportistas controlados llevaba un exceso de peso (2.349).
Por provincias, en las sanciones por no respetar los tiempos de conducción y descanso, destacan los transportistas en León, con 3.290, seguidos de los de Soria, con 2.623 y Segovia, con 1.949. También se contabilizaron 1.493 en Zamora; 1.424 en Valladolid; 1.315 en Ávila; 1.289 en Palencia y 1.096 en Salamanca. Además, se inmovilizaron 1.644 vehículos, de los que 59 fueron en la provincia abulense; 128 en la burgalesa; 59 en la leonesa; 536 en la palentina; 234 en la salmantina; 203 en la segoviana; 145 en la soriana; 195 en la vallisoletana y 85 en la zamorana.
Exceso de Peso y tacógrafo
Respecto a la carencia o manipulación del tacógrafo, la inspección del Gobierno autonómico detectó 730 infracciones en León, que fueron en este capítulo los más sancionados en este capítulo. Le siguieron los conductores de Segovia (336), Palencia (312), Burgos (305), Valladolid (293), Ávila (290), Zamora (278), Salamanca (272) y Soria (252). A través de campañas específicas se realizaron 1.191 controles de pesaje de larga duración, que permitió denunciar 124 infracciones.
Respecto a la autorización para el transporte, solo los profesionales de León y Valladolid motivaron un tercio de las denuncias (827).También, se pusieron 288 en Zamora, 283 en Salamanca y 219 en Ávila. Le siguieron Segovia con 214, Burgos con 206, Soria con 205 y Palencia con 180. Además, se sancionaron a 337 transportistas por no tener la documentación en regla.
En cuanto al exceso de peso, más de la mitad correspondieron a vehículos de Valladolid (444), Soria (408) y Burgos (350). También, se contabilizaron 295 en Palencia, 268 en Burgos, 221 en Segovia, 132 en Salamanca, 125 en León y 106 en Ávila. En relación al cabotaje, se controlaron en carretera 3.216 vehículos extranjeros, con cinco denuncias por carencia de la licencia comunitaria.
Controles y sanciones
En total, 23.420 vehículos de transporte nacional e internacional de mercancías y viajeros fueron denunciados en 2014. Las denuncias fueron el resultado de los 52.248 controles -50.319 en carretera- que se llevaron a cabo a vehículos de estas características el pasado año (44.853 nacionales y el resto, 7.395, internacionales), cifra que representó un 9,17 por ciento menos que en 2013, con una caída del 3,26 por ciento en el número de sanciones.
Por provincias, el mayor número de controles se efectuó en Soria con 8.306, lo que significa un 15,8 por ciento del total, seguida de Palencia, con 7.625 (14,5 por ciento). León y Salamanca registraron 6.153 y 6.150 inspecciones en cada una de ellas. En puestos intermedios se situaron Segovia (5.607), Zamora (5.540), Valladolid (5.014), Ávila (4.053) y Burgos (3.800).
También, se llevaron a cabo campañas específicas por el personal de la Junta -65 funcionarios y 23 agentes auxiliares- en colaboración con 58 especialistas en transporte de la Guardia Civil de Tráfico. Además de los pesos de las cargas, se vigilaron a 296 vehículos de transporte escolar, con 201 infracciones, y 301 vehículos del Transporte a la Demanda, con dos denuncias.
Tacógrafo digital
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, a través de sus servicios territoriales, ha expedido 84.412 tarjetas de tacógrafo digital de los cuatro tipos existentes (de conductor, de empresa, de centro de ensayo y de control) desde octubre de 2005, fecha en la que comenzó la implantación del sistema. Sólo en 2014 se expidieron 6.938 tarjetas, frente a las 9.075 de 2013 y las 11.069 de 2012, debido a que en 2011 se renovaron un gran número de ellas, ya que expiraba su periodo de validez (cinco años).
Las provincias con mayor número fueron León (1.102), Valladolid (939), Burgos (937) y Salamanca (627). Le siguieron Zamora (561), Segovia (485), Palencia (437), Ávila (380) y Soria (305).
El tacógrafo digital controla la jornada laboral de los conductores profesionales y aporta datos como el tiempo dedicado a la conducción, al descanso o a otras actividades, los kilómetros recorridos, datos del 'chófer' y origen y destino del transporte. Se constituye en un elemento imprescindible para vigilar que los transportes de mercancías y viajeros que se someten a la normativa de tiempos de conducción y descanso, garantizando así la competencia leal entre transportistas.
Su instalación es obligatoria, con carácter general, para los vehículos destinados al transporte de mercancías de más de 3,5 toneladas de masa máxima autorizada (MMA), incluidos remolques y 'semirremolques' y para los destinados al transporte de viajeros con más de nueve plazas el conductor.
ileón.com

martes, 7 de abril de 2015

HECHOS SANCIONABLES RELATIVOS AL TACÓGRAFO

Gobierno de España. Ministerio de Fomento
La Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y su Reglamento establecen como hechos sancionables los siguientes, que serán sancionados tal y como a continuación se detalla:
FALTAS MUY GRAVES ( sanciones desde 2.001 hasta 6.000 € )
  • La manipulación del tacógrafo o sus elementos, del limitador de velocidad u otros instrumentos o medios de control que exista la obligación de llevar instalados en el vehículo destinada a alterar su normal funcionamiento, así como la instalación de elementos mecánicos, electrónicos o de otra naturaleza destinados a alterar el correcto funcionamiento de los correspondientes instrumentos de control o modificar sus mediciones, aun cuando unos u otros no se encuentren en funcionamiento en el momento de realizarse la inspección *.
  • La carencia del tacógrafo, del limitador de velocidad o sus elementos u otros instrumentos o medios de control que exista la obligación de llevar instalados en el vehículo. Se considerará equivalente a su carencia la utilización de instrumentos o elementos no homologados, cuando preceptivamente hubieran de estarlo, o que sean distintos a los exigidos reglamentariamente.
  • La carencia significativa de hojas de registro o de datos registrados en el tacógrafo o en las tarjetas de los conductores que exista obligación de conservar en la sede de la empresa. A tal efecto, se considerará que tal carencia de hojas o datos es significativa, cuando resulte acreditado que falta, por vehículo o por conductor, el reflejo de más de un 30 por ciento de los kilómetros realizados durante el período requerido. A dicha circunstancia se equiparará el hecho de que la documentación aportada no permita, por causa imputable a la empresa, determinar el número total de kilómetros realizados durante dicho período. En todo caso, a los efectos de este apartado, se considerará que se carece de aquéllas hojas de registro cuyo contenido resulte ilegible, debido a su suciedad, deterioro u otra causa.
  • La falsificación de hojas de registro, tarjetas de conductor u otros elementos o medios de control que exista la obligación de llevar en el vehículo, así como el falseamiento de su contenido o alteración de las menciones obligatorias de la hoja de registro o tarjeta del conductor. Se considerará, asimismo, constitutiva de dicha infracción cualquier utilización indebida de las referidas hojas, tarjetas o elementos destinada a modificar la información en ellos recogida o a anular o alterar el normal funcionamiento de los aparatos de control instalados en el vehículo. Tendrá la misma consideración la presentación de documentos de carácter público o privado con objeto de justificar fraudulentamente la carencia de hojas de registro, tarjetas de conductor u otros elementos o medios de control que exista la obligación de llevar en el vehículo.
  • La carencia de hojas de registro del tacógrafo, de la tarjeta de conductor o de los documentos impresos que exista obligación de llevar en el vehículo. Se considerará, asimismo, incluida en esta infracción la falta de realización de aquellas anotaciones manuales relativas a la actividad del conductor que exista obligación de llevar a cabo por parte de éste cuando el tacógrafo esté averiado.
  • No llevar insertada la correspondiente hoja de registro o tarjeta del conductor en el tacógrafo, cuando ello resulte exigible, llevar insertada una hoja de registro sin haber anotado el nombre y apellido del conductor o llevar insertadas las hojas de registro o tarjetas correspondientes a otro conductor.
  • La negativa u obstrucción a los requerimientos de los miembros de la Inspección del Transporte Terrestre en aquellos supuestos relativos al cumplimiento de la legislación sobre tiempos de conducción y descanso de los conductores. Se considerará cometida una infracción distinta por cada vehículo o conductor del que no se aporte la documentación solicitada. En todo caso, se considerará no aportada, y consecuentemente será constitutiva de la infracción tipificada en este apartado, la remisión a la Administración de la información extraída del tacógrafo digital o de la tarjeta del conductor sin la correspondiente firma digital u otros elementos destinados a garantizar su autenticidad.
FALTAS GRAVES ( sanciones desde 401 hasta 2.000 € )
  • La carencia no significativa de hojas de registro o de datos registrados en el tacógrafo o en las tarjetas de los conductores que exista obligación de conservar en la sede de la empresa a disposición de la Administración, cuando dicha infracción no deba ser calificada como muy grave, considerándose cometida una infracción por cada vehículo o conductor del que se acredite la carencia no significativa de hojas o datos.
  • El inadecuado funcionamiento imputable al transportista del tacógrafo, del limitador de velocidad o sus elementos u otros instrumentos o medios de control que exista la obligación de llevar instalados en el vehículo, cuando no haya de ser calificada como muy grave de conformidad con lo establecido, o no pasar la revisión periódica de los mismos en los plazos y forma legal o reglamentariamente establecidos.
  • La utilización de una misma hoja de registro durante varias jornadas cuando ello hubiera dado lugar a la superposición de registros que impidan su lectura.
  • El incumplimiento por parte del conductor de la obligación de realizar por sí mismo determinadas entradas manuales o anotaciones en el tacógrafo o en las hojas de registro, en aquellos supuestos en que tal obligación se encuentre reglamentariamente establecida, salvo que deba calificarse como muy grave de conformidad con lo establecido o como leve por darse las circunstancias previstas.
  • La utilización en el tacógrafo de más de una hoja de registro durante una misma jornada por la misma persona, salvo cuando se cambie de vehículo y la hoja de registro utilizada en el tacógrafo del primer vehículo no se encuentre homologada para su utilización en el del segundo.
FALTAS LEVES ( sanciones desde 200 hasta 400 € )
  • El incumplimiento por parte del conductor de la obligación de realizar por sí mismo determinadas entradas manuales o anotaciones en el tacógrafo o en las hojas de registro, en aquellos supuestos en que tal obligación se encuentre reglamentariamente establecida, cuando, no obstante no haberse realizado las anotaciones oportunas, resulte posible deducir bien del propio tacógrafo o de las hojas de registro inmediatamente anteriores y posteriores cuál debiera de haber sido su contenido.
  • La utilización de hojas de registro no homologadas o que resulten incompatibles con el tacógrafo utilizado, así como la utilización de una tarjeta de conductor caducada.
* Cuando esta infracción sea detectada durante su comisión en carretera deberá ordenarse la inmediata inmovilización del vehículo hasta que se supriman los motivos determinantes de la infracción

martes, 24 de febrero de 2015

UGT denuncia una brecha en la seguridad de los conductores profesionales

La central sindical UGT ha denunciado una brecha en la seguridad de los profesionales del transporte y los conductores en general, como consecuencia de los cambios en la normativa sobre los tiempos de conducción, por lo que exige el uso del disco tacógrafo digital en todo tipo de vehículo que realice actividades asociadas al transporte.
UGT explica en un comunicado que la nueva norma afectaría a las Islas Canarias, Ibiza y Menorca, tras los cambios para aquellos territorios insulares cuya superficie sea inferior a 2.300 kilómetros cuadrados. En estos puntos, se permitirá que el descanso diario ordinario (11 horas ininterrumpidas que pueden fraccionarse en tres y nueve horas) pueda ser segmentado en tres bloques: uno de ellos de ocho horas ininterrumpidas y los otros dos de una hora como mínimo.
Las horas correspondientes al descanso diario reducido, entre nueve y 11 aplicables un máximo de tres veces entre dos períodos de descanso semanales, podrán fraccionarse en dos bloques de ocho horas más una.
El descanso semanal se debe tomar después de seis jornadas de 24 horas desde el inicio de la actividad, lo que supone el descanso por parte del conductor de, al menos, 45 horas ininterrumpidas, según el Estatuto de los Trabajadores, citado por la central sindical.
elmundo.es

lunes, 11 de agosto de 2014

Atrapados en Girona 10 viajeros de un autobús tras ser detenido el conductor

Efe
Ocurrió a las 17:00 horas de este domingo, cuando en un control rutinario de transporte de viajeros se detectó que el chófer circulaba con una tarjeta de tacógrafo que estaba a nombre de otra persona.
Un total de diez viajeros de los 62 que iban en un autobús de línea regular que cubría el trayecto Barcelona-Toulouse-Londres, han pasado la noche en el área de servicio de la AP-7 de Maçanet de la Selva (Girona), al ser detenido su conductor por llevar documentación falsa.

Fuentes de los Mossos d'Esquadra han informado de que los hechos sucedieron sobre las 17:00 horas de ayer, domingo, cuando en un control rutinario de transporte de viajeros y de mercancías se detectó que el chófer del autocar, de nacionalidad británica, circulaba con una tarjeta de tacógrafo que estaba a nombre de otra persona.

En el autocar, de la compañía Saiz-Tour, viajaban 62 personas, a las que los Mossos informaron de que después de ponerse en contacto con la empresa de transporte y de hacer gestiones para que acudieran a rescatarlas, la compañía les había comunicado que no pondría otro conductor ni otro autobús alternativo para continuar con el viaje.

Las mismas fuentes han indicado que la mayoría de los viajeros se organizaron ellos mismos para hallar un alojamiento y proseguir con el viaje, pero que diez de ellos quedaron atrapados en la estación de servicio de Maçanet, donde han pasado la noche.

Los Mossos han señalado que esta mañana estas diez personas han sido trasladadas en una furgoneta policial hasta la estación de autobuses y de trenes de Girona. 
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La Gaceta


sábado, 4 de enero de 2014

"ES UNA TEMERIDAD. LOS CONDUCTORES CANARIOS PODRÁN HACER JORNADAS DE 18 HORAS"

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De "auténtica temeridad"han calificado Comisiones Obreras (CCOO) y laUnión General de Trabajadores (UGT) el proyecto de Real Decreto (RD) sobre la aplicación de las normas en relación a los tiempos de conducción y descanso, así como el uso del tacógrafo en el transporte por carretera desarrollado en las islas con superficie que no supere los 2.300 kilómetros cuadrados.
   Así lo manifestaron en rueda de prensa el secretario de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO en Canarias, Pedro Costeras, y el secretario del sector de Carreteras de UGT Canarias, Jesús Rodríguez.


   Costeras y Rodríguez denunciaron que el proyecto de RD, que también afecta a Baleares, y en el que "se reducen los tiempos de descanso y se amplían las horas" de trabajo, ha sido el resultado de la "presión" de los empresarios canarios del transporte, después de que en 2011 se impusiera la obligatoriedad en Canarias, ya que hasta 2007 el archipiélago estaba exento de utilizarlo.

   En concreto, el proyecto de RD recoge que 'se podrá tomar en dos o tres periodos separados, uno de los cuales no podrá ser inferior a ocho horas ininterrumpidas.  Cuando el descanso diario normal se fraccione de esta manera su duración total se prolongará a doce horas.  Podrán realizarse periodos de descansos semanal reducidos durante las tres semanas consecutivas a una en que se hubiese realizado un periodo de descanso semanal normal, debiendo compensarse dicha reducción antes de finalizar la cuarta semana siguiente a aquella en que se realizó el descanso normal (...)'. Con la nueva legislación -advierten desde CC.OO. y UGT los trabajadores - "podrán llegar a hacer "14, 16 e incluso 18 horas" en una jornada laboral normal en el transporte discrecional, que es el escolar o el de turismo, cuando la jornada máxima es de 11 horas".

   Circunstancia que, obviamente, implica un grave riesgo para la seguridad tanto de este colectivo de trabajadores como de sus pasajeros.

   Tanto UGT como CC.OO. se han manifestado "radicalmente en contra"del Real Decreto, que podría aprobarse en febrero.

   Costeras y Rodríguez, no obstante, se mostraron abiertos a dialogar sobre modificaciones en el actual estatuto del sector, defendiendo que tales cambios deberían realizarse por "consenso".  En este sentido, los representantes de CC.OO. y UGT anunciaron que tendrán, próximamente, reuniones con diferentes colectivos, tales como asociaciones de consumidores o de padres, así como con la delegada del Gobierno en Canarias, María del Carmen Hernández Bento, a través de la cual pretenden acordar un encuentro con la Dirección general de Transporte para exponerles su posición.


Canarias-semanal.org

viernes, 3 de enero de 2014

CCOO y UGT califican como una "auténtica temeridad" el proyecto de decreto sobre el uso del tacógrafo en Canarias


Las Palmas de Gran Canaria, Europa Press Los sindicatos de Comisiones Obreras (CCOO) y la Unión General de Trabajadores (UGT) han calificado como una "auténtica temeridad" el proyecto de Real Decreto (RD) sobre la aplicación de las normas en relación a los tiempos de conducción y descanso, así como el uso del tacógrafo en el transporte por carretera desarrollado en las islas con superficie que no supere los 2.300 kilómetros cuadrados.

Así lo han asegurado en una rueda de prensa en la que han estado presente, entre otros, el secretario de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO en Canarias, Pedro Costeras, y el secretario del sector de Carreteras de UGT Canarias, Jesús Rodríguez.

Ambos han explicado que este proyecto de RD, que también afecta a Baleares, y en el que "se reducen los tiempos de descanso y se amplían las horas" de trabajo, ha sido el resultado de la "presión" de los empresarios canarios del transporte, después de que en 2011 se impusiera la obligatoriedad en Canarias, ya que hasta 2007 el archipiélago estaba exento de utilizarlo.

En concreto, el proyecto de RD recoge que 'se podrá tomar en dos o tres periodos separados, uno de los cuales no podrá ser inferior a ocho horas ininterrumpidas. Cuando el descanso diario normal se fraccione de esta manera su duración total se prolongará a doce horas. Podrán realizarse periodos de descansos semanal reducidos durante las tres semanas consecutivas a una en que se hubiese realizado un periodo de descanso semanal normal, debiendo compensarse dicha reducción antes de finalizar la cuarta semana siguiente a aquella en que se realizó el descanso normal (...)'.

Este tipo de hecho, aseguran, contribuyen a que los trabajadores puedan llegar a hacer "14, 16 e incluso 18 horas" en una jornada laboral normal en el transporte discrecional, que es el escolar o el de turismo, afirmó Pedro Costeras, cuando la jornada máxima es de 11 horas. Por ello, añadió, que tanto UGT como CCOO se muestran "radicalmente en contra" de un RD que podría aprobarse en febrero.

Ante esta situación, matizó, se han reunido con diferentes colectivos, tales como asociaciones de consumidores o de padres, así como con la delegada del Gobierno en Canarias, María del Carmen Hernández Bento, quien les ha ayudado a conseguir un encuentro con la Dirección general de Transporte para el 15 de enero, aunque todavía no está confirmado, para exponerles su posición.

Para Costeras y Rodríguez las modificaciones que haya que hacer deben ser por consenso. Por ello, el secretario de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO en Canarias puntualizó que podrían ser "flexibles" en cuanto al descanso en algunos transportes.

Hasta ahora, y desde 2011, agregó, Canarias se rige por la norma europea que establece jornadas máximas de 11 horas y excepcionalmente de 9 horas, sin embargo, critican que los empresarios consideran estas horas como las "mínimas" de trabajo; y establece que cada cuatro horas y media debe hacerse un descanso de 45 minutos y establece un descanso semanal de dos días.

En este sentido, Costeras a modo de ejemplo matizó que en Europa el empresario está obligado a darle una cama a su empleado para que descanse en los transbordos cuando supere las cuatro horas y media, sin embargo en Canarias los trayectos son generalmente de menos, por lo que al conductor no le contaría, ese trayecto, como tiempo de descanso, ya que el tacógrafo continuaría contando.

TACÓGRAFO EN TODAS LAS ISLAS EXCEPTO EN TENERIFE

Por otra parte, Rodríguez indicó que desde 2011, y en aplicación a la normativa europea y nacional, el tacógrafo se emplea en todas las islas excepto en Tenerife debido a que el Cabildo de esta isla, competente en la materia de transportes, no aporta a los conductores el tacógrafo.

En este sentido, aseguró que los conductores de esta isla tienen que conseguir los tacógrafos en otras islas para así tener su memoria de trabajo, ya que la Guardia Civil se la puede solicitar durante una inspección o por si tienen un accidente, entre otras cuestiones.

Al respecto, añadió, que el Gobierno de Canarias pretende denunciar al Cabildo de Tenerife por la no aplicación de esta norma. Asimismo, citó como una causa de este hecho, el accidente de tráfico que sufrió una guagua turística en Tenerife, en el que hubo varios heridos, caso que se encuentra "bajo secreto de sumario", y que se sospecha fue porque el conductor "llevaba un exceso de horas de trabajo".

jueves, 11 de abril de 2013

GUÍA DE LA U.E. INTERPRETATIVA SOBRE EL REGLAMENTO DE TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO


11-04-13   GUÍA DE LA U.E. INTERPRETATIVA SOBRE EL REGLAMENTO DE TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO

Fenebus informa que la Comisión Europea ha elaborado y publicado una guía para interpretar el Reglamento 561 sobre tiempos de conducción y descanso en toda la Unión Europea. El documento intenta convertirse en una explicación que favorezca la aplicación armonizada de los controles en carretera, debido a la confusión que se ha detectado tanto en los Estados miembro como en las empresas para interpretar esta normativa.

La Comisión Europea, y así lo ha publicado FENEBUS en varias ocasiones, ha reconocido las dificultades de interpretación de este reglamento, lo que supone una mal práctica legislativa, ya que ninguna norma debería requerir de un manual de instrucciones, tal y como si fuese un electrodoméstico. 

La finalidad del documento es "ofrecer una explicación simplificada y unánimemente aceptada del Reglamento (CE) nº 561/20061 en el contexto de los controles en carretera especificados en la Directiva 2006/22/CE2", indica el texto, en donde se analizan los artículos y anexos del reglamento y se explica cuáles son las infracciones y cómo deben de aplicarse en carretera.

Su contenido es fruto de las deliberaciones del grupo de trabajo del proyecto TRACE (Transport Regulators Align Control Enforcement) y tiene en cuenta las consultas realizadas con asociaciones del sector, como la IRU (Unión Internacional de Transportes por Carretera) o la UETR (Unión Europea de Transporte por Carretera), y con organismos oficiales competentes representados en ECR (Euro Control Route) y CORTE (Confederación de organizaciones responsables de la aplicación de las normas de transporte por carretera), y se ofreció la oportunidad de transmitir sus observaciones a los organismos competentes de los 27 Estados miembros.

Así pues, las explicaciones recogidas en el documento proceden, en parte, de aplicaciones no controvertidas ya existentes y, en parte, de materiales orientativos disponibles, tales como notas de orientación, aclaraciones y sentencias judiciales, cuando las consultas han mostrado variaciones en la aplicación entre los organismos de control.

El contenido ha sido recopilado por un pequeño grupo de trabajo compuesto por personas con amplia experiencia en materia de control de la aplicación de la ley. Las deliberaciones del grupo de trabajo se hicieron llegar regularmente a las organizaciones mencionadas anteriormente para recabar observaciones y comentarios con el objeto de optimizar, en la medida de lo posible, su acuerdo general con el contenido. El grupo de trabajo tuvo en cuenta todas esas aportaciones y las incorporó cuando fue posible en el presente documento. No obstante, dado que el proyecto no puede considerar que la respuesta «no sabe - no contesta» constituya una respuesta positiva, no se puede afirmar que el contenido refleje un acuerdo general.
En cuanto tengamos el documento completo lo haremos llegar a nuestros afiliados.
11-04-13 GUÍA DE LA U.E. INTERPRETATIVA SOBRE EL REGLAMENTO DE TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO

Fenebus informa que la Comisión Europea ha elaborado y publicado una guía para interpretar el Reglamento 561 sobre tiempos de conducción y descanso en toda la Unión Europea. El documento intenta convertirse en una explicación que favorezca la aplicación armonizada de los controles en carretera, debido a la confusión que se ha detectado tanto en los Estados miembro como en las empresas para interpretar esta normativa.

La Comisión Europea, y así lo ha publicado FENEBUS en varias ocasiones, ha reconocido las dificultades de interpretación de este reglamento, lo que supone una mal práctica legislativa, ya que ninguna norma debería requerir de un manual de instrucciones, tal y como si fuese un electrodoméstico. 

La finalidad del documento es "ofrecer una explicación simplificada y unánimemente aceptada del Reglamento (CE) nº 561/20061 en el contexto de los controles en carretera especificados en la Directiva 2006/22/CE2", indica el texto, en donde se analizan los artículos y anexos del reglamento y se explica cuáles son las infracciones y cómo deben de aplicarse en carretera.

Su contenido es fruto de las deliberaciones del grupo de trabajo del proyecto TRACE (Transport Regulators Align Control Enforcement) y tiene en cuenta las consultas realizadas con asociaciones del sector, como la IRU (Unión Internacional de Transportes por Carretera) o la UETR (Unión Europea de Transporte por Carretera), y con organismos oficiales competentes representados en ECR (Euro Control Route) y CORTE (Confederación de organizaciones responsables de la aplicación de las normas de transporte por carretera), y se ofreció la oportunidad de transmitir sus observaciones a los organismos competentes de los 27 Estados miembros.

Así pues, las explicaciones recogidas en el documento proceden, en parte, de aplicaciones no controvertidas ya existentes y, en parte, de materiales orientativos disponibles, tales como notas de orientación, aclaraciones y sentencias judiciales, cuando las consultas han mostrado variaciones en la aplicación entre los organismos de control.

El contenido ha sido recopilado por un pequeño grupo de trabajo compuesto por personas con amplia experiencia en materia de control de la aplicación de la ley. Las deliberaciones del grupo de trabajo se hicieron llegar regularmente a las organizaciones mencionadas anteriormente para recabar observaciones y comentarios con el objeto de optimizar, en la medida de lo posible, su acuerdo general con el contenido. El grupo de trabajo tuvo en cuenta todas esas aportaciones y las incorporó cuando fue posible en el presente documento. No obstante, dado que el proyecto no puede considerar que la respuesta «no sabe - no contesta» constituya una respuesta positiva, no se puede afirmar que el contenido refleje un acuerdo general.


jueves, 4 de octubre de 2012

El PP rechaza una moción en el Senado para que se elimine el tacógrafo en Canarias

 

 
Quintero lamenta que “el PP vote en Madrid lo contrario a lo que promete en Canarias”
El Partido Popular (PP) impidió con su voto en contra que prosperase hoy en la Comisión de Fomento una moción en la que el senador por la Agrupación Herreña Independiente-Coalición Canaria (AHI-CC), Narvay Quintero, solicitaba que el Gobierno modificase la normativa que permitisese la exceptuación para Canarias de la aplicación del tacógrafo.
Quintero lamenta en un comunicado que los conservadores “se opongan en Madrid a lo que prometen en Canarias y rechacen una iniciativa que, en este caso, está justificada por motivos objetivos de carácter geográfico”.
La normativa que se aplica en España, que se ha adaptado a lo que establece el Reglamento comunitario, establece que los Estados miembros pueden dispensar de la aplicación de sus normas a los vehículos que circulen exclusivamente en islas cuya superficie no supere los 2.300 kilómetros cuadrados y que no estén unidas al resto del territorio nacional por puente, vado o túnel abierto a los vehículos de motor.
En uso de esta habilitación, por Real Decreto 1163/2009, de 10 de julio, se redujo la superficie a 250 kilómetros cuadrados, lo que supuso la exigencia del tacógrafo en la totalidad del archipiélago canario.
Quintero señaló que “la implantación del tacógrafo en Canarias no ha supuesto mejora en lo que respecta a la seguridad vial, ni tampoco en otros ámbitos. Bien al contrario, ha supuesto un coste añadido a un tejido empresarial que en esta situación de crisis profunda sobrevive a duras penas, especialmente en las islas no capitalinas donde, a mayor abundamiento, no se cuenta con la red de asistencia técnica idónea que garantice el correcto mantenimiento del tacógrafo”.
Consciente de ello, el Ministerio de Fomento en junio de 2011 remitió a la Dirección General de Transportes del Gobierno de Canarias un proyecto de modificación del aludido Real Decreto 640/2007, de 18 de mayo, en el que se rescataba la posibilidad prevista en la normativa comunitaria de exceptuar el uso del tacógrafo en islas cuya superficie no supere los 2.300 kilómetros cuadrados de superficie.
Pese al tiempo transcurrido, este proyecto de modificación aún no se ha convertido en derecho positivo con el consiguiente desconcierto tanto del sector del transporte por carretera, como de las administraciones públicas competentes en la materia.
Quintero reprocha al PP que bloquee el proceso iniciado en junio de 2011 y mantenga vigente la normativa que redujo la superficie a 250 kilómetros.

CAN-ACN
 

 

miércoles, 11 de abril de 2012

Aprobado el nuevo título de grado medio de técnico en conducción de vehículos de transporte

El título tiene una duración de 2.000 horas, incluyendo la formación práctica en centro de trabajo
NEXOTRANS.com / El Consejo de Ministros, en su reunión del pasado 24 de marzo, ha aprobado el Real Decreto que establece el título de formación profesional de grado medio de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera.
El título se genera a partir de los trabajos y estudios elaborados por la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), recogidos en su Libro Blanco de la Formación CETM 2007, y se plasma su compromiso y elaboración en cumplimiento de los Acuerdos de Consejo de Ministros con el Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC), en junio de 2008.

La CETM, en representación del CNTC, participó activamente en su impulso y elaboración técnica, en colaboración con las organizaciones sindicales y con los representantes y delegados de los Ministerios de Educación, Empleo y Fomento.

La competencia general de este título consiste en realizar la conducción de vehículos de transporte por carretera, cumpliendo las normas de circulación, seguridad vial y de transporte establecidas, así como la normativa de ámbito europeo y otras funciones relacionadas (supervisión y realización de operaciones, la operativa de almacén y la distribución, etc.), según los requerimientos de calidad, seguridad y protección ambiental.

El título tiene una duración de 2.000 horas, incluyendo la formación práctica en centro de trabajo con los siguientes módulos formativos: Cualificación inicial; conducción racional; entorno normativo, económico y social del transporte; servicio del transporte; operaciones logísticas; mantenimiento de vehículos; primeros auxilios; inglés; formación y orientación laboral; iniciativas emprendedoras; prácticas de formación.

El título dará lugar a la obtención de la Cualificación Inicial de Conductor de vehículos de transportes de mercancías y viajeros (CAP), la formación previa para el Transporte de Mercancías Peligrosas (ADR) y las de obtención de los diferentes permisos de conducción de acuerdo a las edades mínimas establecidas en el Reglamento General de Conductores.

El CNTC ha solicitado repetidamente a la Dirección General de Tráfico (Ministerio Interior) la modificación del Reglamento General de Conductores, en su actual redacción, para posibilitar la obtención de los permisos de conducción a las mismas edades que las señaladas en el RD 1032/2007 y en las directivas europeas.

Cumplidos los Acuerdos de 2008

Con la publicación del actual título de técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera y la realizada en noviembre de 2011 del nuevo Título Superior en Logística y Transporte, la CETM ve plenamente cumplidos por el Gobierno todos los puntos en materia de educación y formación, recogidos en los ‘Acuerdos de junio de 2008’.

lunes, 6 de septiembre de 2010

Más de 25.000 vehículos profesionales fueron inspeccionados el primer semestre de 2010 en Madrid

NEXOTRANS.com / La Comunidad de Madrid ha realizado en el primer semestre del año aproximadamente 230 controles de transporte en carretera, en los que ha inspeccionado más de 25.000 vehículos dedicados al transporte profesional. Estos controles en ruta se han complementado con inspecciones periódicas en las sedes de las empresas del Sector.
Así lo explicó el director general de Transportes, Ángel Yuste, durante un control de pesaje realizado en una de las seis básculas fijas para camiones de las que dispone la Comunidad de Madrid, a las que se suman otras nueve móviles. El director explicó que estas inspecciones están dirigidas tanto al transporte de mercancías como al de viajeros y se planifican anualmente en función de las necesidades detectadas tanto por la administración como por los propios profesionales del sector, con los que el Gobierno regional mantiene un contacto constante.

Más allá de una especial atención al transporte de viajeros en vehículos de alquiler con conductor, ante la detección por los propios profesionales de bolsas de fraude, la Comunidad de Madrid ha continuado la línea que ha venido siguiendo en los últimos años en materia de inspección, en la que se concede protagonismo a los controles en carretera, especialmente los dedicados al transporte de mercancías y los específicos de exceso de peso.

El director general de Transportes explicó que entre enero y junio de 2009 se ha realizado 59 controles ordinarios en ruta, en los que se han inspeccionado 14.411 vehículos dedicados al transporte profesional por carretera. Además, se han realizado 24 controles coordinados con el resto de comunidades autónomas, en los que se han controlado 547 vehículos en la Comunidad de Madrid.

Campañas especiales

Por otro lado, se han realizado 148 campañas específicas dedicadas a un tipo concreto de transporte, distinguiendo entre áridos y escombros, mercancías peligrosas, mercancías perecederas, transporte escolar, transporte de trabajadores y transporte de alquiler con conductor. En total, dentro de estas campañas extraordinarias se han controlado 4.824 vehículos. Estas campañas especiales de planifican teniendo en cuenta los periodos en los que se intensifica un determinado tipo de transporte, para realizar controles más eficaces que garanticen la seguridad.

Yuste ha agregado que la Consejería de Transportes e Infraestructuras presta especial atención a evitar que los camiones viajen con exceso de peso, puesto que ello supone un peligro tanto para los profesionales como para el resto de conductores. Con este objetivo se han pesado casi 4.000 vehículos en los controles de peso realizados en estos seis meses del año.

Otro aspecto al que se presta especial es las horas de conducción. Para ello, se han comprobado a más de 1.800 vehículos ascendiendo a 39.500 jornadas de trabajo, en las que se comprueban si los conductores han cumplido las horas estipuladas de conducción.

Junto a las inspecciones en ruta, los técnicos de la Consejería de Transportes realizan inspecciones periódicas de las empresas del Sector. En total en estos seis meses se han inspeccionado 2.381 vehículos correspondientes a 700 empresas en las que se comprueba cualquier tipo de incumpliendo a la normativa de transporte.

miércoles, 14 de abril de 2010

El tacógrafo ´divide´ al transporte


Sindicatos, empresarios e instituciones están entre la necesidad de controlar el horario de los conductores y el desconocimiento del tacógrafo

Herramienta útil o problema insalvable, a nadie parece quedarle claro cómo funciona, para qué sirve o si mejorará en algo la situación del sector en las Islas. A Canarias le ha cogido por sorpresa, pero el tacógrafo ha llegado para quedarse. Los sindicatos lo aplauden, los empresarios piden que se adapte su uso a la realidad del Archipiélago y, finalmente, la mayoría de los trabajadores están desconcertados y muy preocupados. Con prórroga sobre su implantación en las Islas o sin ella, el tacógrafo ya está aquí

ALMUDENA CRUZ

SANTA CRUZ DE TENERIFE La Ley del Tacógrafo entró en vigor en Canarias el pasado 1 de enero. Desde entonces, la normativa no ha hecho sino llevar más confusión a un sector, el del transporte, estratégico en las Islas, pero fragmentado en un sinfín de organizaciones. La semana pasada, una asociación de transportistas de Tenerife protagonizó tres días de paros patronales con piquetes en la entrada y salida del Puerto de Santa Cruz de Tenerife.

Mientras, en la Mesa de Transportes, Federaciones de empresarios, representantes de los Cabildos insulares y Gobierno de Canarias intentan encontrar la vía para que la aplicación del tacógrafo se prorrogue, primero, y se module para las Islas, después.

Para los portavoces de la patronal, la nueva ley tiene problemas específicos que afectan directamente a sus intereses. Pero un sistema que permite controlar los tiempos de conducción es una buena noticia. En eso coinciden, por raro que parezca, sindicatos y empresarios.

Lo que queda por determinar, explica el secretario general de la Federación de Empresarios del Transporte en Canarias (FETC), José Ángel Hernández, es si "jurídica y técnicamente" será posible esa prórroga. "Queremos ser prudentes en este sentido. Hay voluntad política, pero falta ver si legalmente es posible", asegura.

En medio, y antes de comprobar si podrá existir un nuevo plazo para que Canarias se ponga al día con el tacógrafo, queda la duda de si el Estado se precipitó en exigir el cumplimiento de la nueva normativa sin contar con la opinión del Archipiélago o si, por el contrario, fue Canarias la que no asumió a tiempo el problema que se avecinaba.

La responsabilidad canaria

Hernández lo tiene claro. "El Parlamento de Canarias, en 2006, firmó un acuerdo unánime en el que declaraba que el tacógrafo era una herramienta conveniente para la realidad del transporte en las Islas. Y no sólo eso, la Ley 13/2007 de Ordenación del Transporte por Carretera en Canarias habla en los mismos términos", puntualiza el representante de los empresarios.

En definitiva, los implicados, los transportistas y sus empleados, están desinformados y no saben qué es lo que supone, en la práctica, el uso del tacógrafo. "La norma es tremendamente técnica, tiene muchas variantes, y es como un juego de ajedrez en el que debes elegir tus fichas para obtener las mejores jugadas. Ni la propia administración supo prever lo que implicaba y las instituciones han reaccionado tarde, cuando el sector está inutilizado", sentencia Hernández.

El problema para Canarias está relacionado con los tiempos de descanso, con el transporte de mercancías entre islas y el transporte de viajeros. El cómputo de descanso semanal de la nueva ley establece que se trabajarán un máximo de 45 horas semanales. Este aspecto es uno de los principales escollos para su aplicación. "Si hiciéramos un cuadrante normal de trabajo, no habría trabajador disponible que pudiera trabajar en fin de semana. Y las empresas no pueden asumir la contratación de un conductor que cubra sólo esas cuatro horas de un sábado para temas como el transporte de viajeros o de mercancías", matiza el portavoz de la patronal.

Falta que la ley determine cómo se computan las horas que el trabajador permanece embarcado en los traslados de mercancía hacia las islas no capitalinas. "En Europa, los traslados que se hacen por barcos se efectúan sin camión, sólo con el contenedor", indica. Los empresarios del sector esperan a ser convocados para una nueva Mesa de Transportes e ir avanzando en un camino que, pese a todo, no parece del todo seguro. "Todo se verá afectado. El turismo también, en la recepción de las guaguas a los viajeros de los cruceros y hasta en los servicios dentro de los Parques Nacionales", concluyó Hernández.

laopinion.es

lunes, 5 de abril de 2010

El transporte discrecional se desmarca de la huelga

EL DÍA, S/C de Tenerife

La Federación de Empresarios de Transportes de la provincia tinerfeña (AET), representativa del subsector de guaguas, se desmarcó ayer de la huelga convocada por la también tinerfeña Asociación Empresarial del Sector Provincial del Transporte por Carretera (SPTC) a partir de mañana y hasta el miércoles.

El presidente de la AET, Ignacio de la Paz, señaló, en declaraciones a EL DÍA, que el grueso del transporte discrecional estará en servicio el lunes, con lo que garantizó los traslados en las guaguas escolares y turísticas.

Además, apeló a la unidad de "todos" los transportistas canarios, que comparten, recalcó, la exigencia de la SPTC de que la nueva normativa que regula, desde el pasado 1 de enero, los tiempos de conducción y descanso a través del tacógrafo digital se adapte a las particularidades de un territorio limitado y fragmento como el del Archipiélago.

Primar la negociación

"La inmensa mayoría de las empresas de guaguas está en la AET y, por ahora, no van a secundar este paro", indicó De la Paz, que recalcó que la federación que preside "no está en contra del uso del tacógrafo, pero sí pide que se adapte a las especificidades del transporte por carretera de Canarias, donde es muy difícil cumplir los horarios que exige la nueva ley -por cada cuatro horas al volante, 45 minutos de descanso-".

Su posición es calcada a la de la SPTC, pero cuestiona la idoneidad de llevar a cabo tres jornadas de paro justo antes de que se reúnan, el próximo jueves, la Dirección General de Transportes autonómica y representantes de los siete cabildos para atenuar la aplicación de la norma hasta que se negocie -probablemente el siguiente lunes, día 12- con el Ministerio de Fomento una revisión del uso del tacógrafo en las Islas.

Por tal motivo se descolgó de la huelga el pasado miércoles la patronal Asemtra, de la provincia de Las Palmas. Según de la Paz, "no hay razón para sacar adelante una huelga antes de las negociaciones. Quizás tendríamos que llevarla a cabo luego, si no se modifica esta normativa. Pedimos a la SPTC que se una al resto del sector."

lunes, 29 de marzo de 2010

Más de 120 conductores de la isla defienden el tacógrafo porque evitaría "la explotación por parte de los patronos"

Tras meses de polémicas y después de un largo tiempo escuchando el rechazo por parte de transportistas e, incluso, del propio Cabildo de Lanzarote a la implantación del tacógrafo en la isla, ahora ha salido en defensa de este instrumento la Asociación de Conductores Profesionales de Lanzarote, Acoplan, ya que asegura que este aparato evitará "la explotación por parte de los patronos".

Así, más de 120 profesionales, pertenecientes a esta asociación, apostaron por la implantación del tacógrafo, en una reunión que se celebró el pasado martes. Bajo el lema “Sí al tacógrafo, no a los conductores esclavos”, este colectivo defendió este instrumento que, según dicen, servirá para que se respeten las horas de descanso y las jornadas de estos conductores. Además, ya han recogido al menos 2.000 firmas en apoyo a este aparato.

Para el presidente de la asociación, Santiago Filgueira, el rechazo que ha habido por parte de los transportistas y del propio Cabildo, e incluso del PP, que llevó este asunto al Senado para tratar de que se modificara la ley y no afectara a las islas menores, ha sido un intento "de mentir a la opinión pública".

Según Filgueira, los que rechazan este instrumento se basan en que en Lanzarote no se puede conducir durante cuatro horas seguidas porque la extensión de la isla es pequeña, pero "lo que no dicen es que en esta isla existen jornadas de trabajo de 15, 16 y hasta 17 horas y no se respetan los tiempos de descanso entre jornada y jornada”.

Acabar con los "abusos"
Según su opinión, el tacógrafo acabaría con estos “abusos”. “Si te para un policía y te pide el disco del tacógrafo comprobará las horas que llevas conducidas durante esa jornada y, además, te exigirá que le muestres el del día anterior. Ahí verá que el conductor no ha descansado lo suficiente y que no se ha respetado la normativa”, ha subrayado.

Para Filgueira, con el tacógrafo, “los patrones de esta isla dejarán de explotar a sus trabajadores”. “Es la única arma para defendernos, porque los trabajadores tenemos miedo a que si reclamamos las horas de descanso nos despidan, y más ahora, con la crisis”, ha insistido.

Según ha afirmado, el tacógrafo obliga por ley a realizar los tiempos necesarios de descanso para velar por la seguridad tanto del trabajador como de los pasajeros, en el caso de las guaguas. En este sentido, se establecen las horas de descanso entre el último servicio que realiza el conductor durante una jornada y el primero del siguiente día de trabajo.

Pese a ello, según Filgueira, esto no se respeta en Lanzarote. “Los conductores de guaguas del discrecional realizan servicios en el aeropuerto, transportando a turistas. Estos conductores pueden finalizar su servicio a las 24.00 horas o a la una de la madrugada y, al día siguiente, tienen que transportar a los niños a sus colegios. ¿Con qué seguridad realizan este servicio?”, se ha preguntado, al tiempo que ha recordado que hace unos cinco años hubo un accidente en Las Montañas del Fuego, porque un conductor de guagua se quedó dormido tras una larga jornada laboral.

Rechazo político al tacógrafo
Ésta es la primera vez que los profesionales salen públicamente a defender el uso del tacógrafo, frente al rechazo de políticos e, incluso, del Cabildo. Así, el propio presidente, Pedro San Ginés, y el consejero de Transportes, Ramón Bermúdez, se comprometieron a “defender y trabajar conjuntamente con el presidente del Gobierno de Canarias para que las reivindicaciones sobre el uso del tacógrafo" esgrimidas hasta ahora por los transportistas, que rechazan frontalmente el tacógrafo, "sean escuchadas por el Ministerio de Fomento”.

Cabe recordar que cuando este instrumento fue puesto en marcha estaba contemplado para las extensiones de más de 1.500 kilómetros. Sin embargo, en 2007 se presentó una enmienda al Gobierno español, a través de la cual se aprobó rebajar esta distancia a los 250 kilómetros, por lo cual el tacógrafo también se tendría que implantar en la isla. A partir del 1 de enero de 2010 entró en vigor esta ley, que obliga a usar el tacógrafo.