EUROPA PRESS. 04.04.2014 El Juzgado de lo Social número 1 de Valladolid ha estimado la demanda presentada por UGT en representación de un trabajador de Iveco Valladolid contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social, después de que este organismo le denegase una jubilación parcial solicitada el 27 de febrero del año pasado.
El Estado se negó a concedérsela porque en el momento que la pidió tenía 60 años y no 61, como se exige en el artículo 166.2 de la Ley General de la Seguridad Social, según informaron fuentes sindicales.
El Estado se negó a concedérsela porque en el momento que la pidió tenía 60 años y no 61, como se exige en el artículo 166.2 de la Ley General de la Seguridad Social, según informaron fuentes sindicales.
Este hecho es en el que se fundamenta el juez, debido a que la solicitud del trabajador se presentó el 27 de febrero de 2013 y, por lo tanto, es de aplicación en el presente caso la legislación anterior, que sí que le permitía acceder a la jubilación parcial con 60 años, siempre y cuando quedara acreditado que este operario se hubiera acogido a planes de jubilación parcial recogidos en el correspondiente convenio o hubiera llegado a un acuerdo con la empresa que estuviera registrado.
Así, al trabajador de Iveco Valladolid se le reconoce el derecho a acceder a la jubilación parcial desde hace un año, por lo que es ahora el INSS el que debe pagar el 15 por ciento del sueldo que le hubiera correspondido percibir por parte de este organismo.
UGT ha expresado su satisfacción tras conocer el fallo y espera que el mismo sirva de precedente para el resto de compañeros inmersos en otros tantos procedimientos como éste, "que pone de manifiesto una vez más, las malas artes de las políticas impuestas por el Gobierno".
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