jueves, 8 de noviembre de 2012

Competencia multa a tres empresas de guaguas por pactar precios en la capital

LA PROVINCIA / DLP

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) sanciona con multas que suman 390.000 euros a las empresas de transporte Amanda Bus, Autobuses Moreno y Canary Bus por concertar precios al acudir a una licitación pública convocada por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en 2010, durante el mandato socialista en la capital. La Comisión observó que los 902 precios que presentaron en sus respectivas ofertas eran exactamente iguales, incluso que repetían un mismo error ortográfico, lo que la llevó a la conclusión de que los aspirantes habían llegado a un pacto previo al concurso.

El Consistorio, desde la Concejalía de Servicios Sociales, cuya titular era Marcela Delgado, adjudicó en aquella ocasión a GLCM (Amanda Bus) el transporte de viajeros para actividades lúdicas, deportivas, socioculturales y socioeducativas, con el que se cubrían las excursiones organizadas por los Servicios Sociales para fomentar el asociacionismo en los barrios.

El expediente se abrió a raíz de una denuncia de Comfort Turistour, la empresa que hasta entonces se había ocupado de ese servicio, que entendía que sus competidores en ese concurso se habían puesto de acuerdo para presentar ofertas idénticas.

La CNC ha encontrado pruebas de que tres de ellas así lo hicieron: la empresa que resultó adjudicataria (Amanda Bus), Autobuses Turísticos Canarios (Auturca o Autobuses Moreno) y Transportes Antonio Díaz Hernández (Canary Bus). En consecuencia, sanciona con 292.600 euros a Canary Bus, con 53.900 euros a Amanda Bus y con 43.800 euros a Auturca. La coincidencia entre tres de las ofertas ya fue observada en su momento por una jefa de sección de Servicios Sociales, que puso los hechos en conocimiento del departamento de Contratación, lo que provocó que se pidieran explicaciones a los licitantes mediante un procedimiento de alegaciones.

El Ayuntamiento decidió finalmente adjudicar el servicio a Amanda Bus, pero también acordó remitir a la Comisión Nacional de la Competencia la denuncia formulada por Comfort Turistour.

Al estudiar los hechos, el Servicio Canario de Defensa de la Competencia (SCDC) comprobó que "las ofertas económicas de las empresas denunciadas, consideradas en su conjunto, son más baratas que las de los otros dos licitadores externos a la supuesta concertación".

Sin embargo, también observó que "las mayores rebajas ofertadas sobre el precio de licitación se producen en los autobuses de menor tamaño, que son precisamente los menos demandados, mientras que las tarifas con menores rebajas corresponden a los autobuses de mayor capacidad, que son los más solicitados para la prestación del servicio contratado por el Ayuntamiento".

"Este hecho permite concluir que, de no haber habido acuerdo, alguna de las empresas participantes en el pacto pudiera haber ofertado precios inferiores en al menos una de las rutas a realizar con autobuses de mayor capacidad de pasajeros, por lo que el supuesto acuerdo ha tenido un efecto de falseamiento de la libre competencia en la concurrencia de las ofertas al concurso público", añadió el SCDC en la propuesta de resolución que remitió a la Comisión Nacional de la Competencia.

La CNC secunda el criterio del Servicio Canario, porque entiende que las excusas que las tres empresas denunciadas han presentado durante el proceso "en modo alguno explican cómo con distintos métodos se puede llegar a tal identidad de los centenares de precios diferentes que componen la oferta".

Todos los interesados han presentado alegaciones a la propuesta de resolución. Entre las alegaciones está la de que los hechos acreditados se presumen, pero no están acreditados en el expediente y que la práctica colusoria no está demostrada.

"Estamos ante una infracción que supone un acuerdo horizontal entre competidores para fijar el precio de los servicios licitados, infracción que como ya se ha dicho debe ser calificada como muy grave. Pero no solo debe ser calificada como una infracción muy grave en atención a la naturaleza horizontal de la conducta, sino que, en el caso que nos ocupa, se trata de una infracción que se dirige a un servicio social financiado con los presupuestos públicos", resalta la Comisión. A la hora de determinar las multas, las modula en función del volumen de negocio de cada empresa a partir de 2011.



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